Para la aplicación de la citada ordenanza se considera organización social a: Organización de Vecinos, Organizaciones Sociales de Base, Organizaciones que desarrollan economía local, organizaciones temáticas y otras formas de organizaciones sociales que se constituyan en el ámbito del distrito.
Los interesados deberán inscribirse en el Registro Único de Organizaciones Sociales (RUOS), hasta el 12 de junio, presentando documentos como Acta de fundación o de constitución, estatuto o reglamento, padrón de miembros, entre otros requisitos que deberán adjuntar a su solicitud luego de lo cual quedarán habilitados.
No hay comentarios:
Publicar un comentario