martes, 7 de junio de 2011

PROHIBEN VENTA Y CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS DESPUÉS DE LAS 11 P.M HASTA LAS 7 DE LA MAÑANA EN IMPERIAL

Mediante Acuerdo de Concejo se emitió la Ordenanza Municipal Nº 006-2011-MDI referida a las acciones a asumirse con el expendio y consumo de bebidas alcohólicas en el distrito de Imperial y que ya apareció publicada en el diario oficial de la provincia.



Esta ordenanza contempla la PROHIBICIÓN terminante del expendio y consumo de bebidas alcohólicas en las plazas, calles, avenidas, jardines públicos, losas deportivas y otros similares así como en el interior de los vehículos en la jurisdicción durante las 24 horas del día.



Asimismo, no está permitido el expendio y consumo de bebidas alcohólicas dentro de la jurisdicción después de las 23 horas hasta las 7:00 a.m, dentro o fuera de los establecimientos, salvo en aquellos negocios que cuenten con Licencia Especial.



De otro lado, se PROHIBE la venta de bebidas alcohólicas a menores de edad. El incumplimiento será de responsabilidad del propietario o conductor.



En el artículo Noveno de la ordenanza se precisa además que queda terminantemente la venta de tragos preparados no envasados en fábrica.



El incumplimiento de las normas de la presente ordenanza, constituye infracción sancionable por el Municipio, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal que se deriven de las infracciones.



Las sanciones aplicables a los infractores comprenden desde la Multa, clausura temporal y la clausura definitiva y cancelación de la Licencia Municipal de funcionamiento, sin perjuicio de la denuncia ante el Ministerio Público por violencia y resistencia a la autoridad.


En las próximas semanas funcionarios de nuestra municipalidad iniciarán acciones de cumplimiento de la ordenanza, recorriendo los diversos establecimientos ubicados en toda la jurisdicción, tanto en la zona urbana como rural.

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